Topes de tasas de interés en Costa Rica: cuánto es lo máximo legal
Última actualización: 25 de agosto de 2026 · Equipo Crédito.cr
Desde la Ley 9859 (conocida como «ley de usura», 2020), ningún crédito en Costa Rica puede cobrar más que la tasa anual máxima que calcula y publica el Banco Central (BCCR) en enero y julio de cada año. Cobrar por encima del tope es delito de usura.
Cómo funciona el tope
El BCCR calcula dos topes por moneda: uno para el crédito en general y otro, más alto, para microcréditos (montos pequeños, típicamente para actividades productivas). Los topes se publican semestralmente y aplican a bancos, cooperativas, financieras, comercios con financiamiento y prestamistas — a todos.
Para el segundo semestre de 2026 (1 de julio al 31 de diciembre) el BCCR publicó topes de 36,48 % anual en colones y 30,11 % en dólares para la mayoría del crédito, y de 51,51 % en colones y 42,65 % en dólares para microcrédito. Los créditos en otras monedas tienen un tope de 7,27 %. El aviso oficial salió en el sitio del BCCR el 3 de julio de 2026 y en La Gaceta N° 129 Alcance 89 el 13 de julio. Verificá siempre el período vigente: los valores cambian cada semestre.
Qué significa para vos
- Ninguna tarjeta, préstamo personal ni crédito de comercio puede superar el tope general vigente en su moneda.
- Si una oferta supera el tope, no es legal: no firmés y reportala.
- Las tarjetas suelen operar cerca del tope — otra razón para consolidar deudas caras con un préstamo de menor tasa.
- El tope aplica a la tasa de interés; revisá igualmente comisiones y seguros, que suman al costo total.
Si te ofrecen más del tope
Cobrar tasas superiores al tope es un delito tipificado (usura). Si un prestamista te ofrece condiciones por encima del máximo legal, o no te da la tasa por escrito, alejate: verificá si la entidad está supervisada por SUGEF y considerá denunciar ante las autoridades (MEIC en materia de consumo, o el Ministerio Público si hay delito).
¿Esta tasa está por encima del tope de usura?
Para chequear una cotización contra la Ley 9859 no hace falta un abogado: hace falta el número por escrito. Pedí la tasa nominal anual y la moneda. Confirmá si te lo venden como crédito general o como microcrédito (el tope de micro es más alto; no todas las deudas «pequeñas» califican). Compará ese porcentaje con el tope vigente de esa moneda — en el segundo semestre de 2026, 36,48 % anual en colones y 30,11 % en dólares para la mayoría del crédito; 51,51 % y 42,65 % para microcrédito.
Si te cobran más que el tope que aplica a tu caso, esa tasa es ilegal: no firmés. El tope es ese número; por encima, es denunciable. Verificá también que quien te cobra aparezca en la lista de entidades supervisadas de SUGEF, y usá las fuentes del BCCR y del MEIC que citamos abajo. Los valores cambian cada semestre: si estás leyendo esto en 2027, mirá la tabla de esta página, no un pantallazo viejo.
- Tasa nominal anual y moneda, por escrito.
- ¿Crédito general o microcrédito? No asumas micro para pasarte al tope más alto.
- Compará con el tope vigente de esa moneda (tabla de esta página / BCCR / La Gaceta).
- Si supera el tope o no hay tasa escrita, no firmés. SUGEF para ver si es supervisada; MEIC o Ministerio Público si vas a denunciar.
Topes vigentes registrados (2026 · S2)
| Tipo de crédito | Moneda | Tasa anual máxima |
|---|---|---|
| Crédito general | Colones | 36,48 % |
| Crédito general | Dólares | 30,11 % |
| Crédito general | Otra moneda | 7,27 % |
| Microcrédito | Colones | 51,51 % |
| Microcrédito | Dólares | 42,65 % |
Fuente: BCCR — Tasas máximas anuales. Registrado por Crédito.cr el 22 de agosto de 2026. Verificá el período vigente en la fuente.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es la tasa máxima legal en Costa Rica ahora?
La publica el BCCR cada semestre (enero y julio) para colones y dólares, con un tope aparte para microcrédito y otro para créditos en otras monedas. En el segundo semestre de 2026 es 36,48 % anual en colones y 30,11 % en dólares para la mayoría del crédito; microcrédito 51,51 % y 42,65 %; otras monedas 7,27 %. En esta página mostramos los valores registrados con su fuente (La Gaceta / BCCR).
¿El tope aplica a las tarjetas de crédito?
Sí. Las tarjetas de crédito están sujetas al tope general de su moneda, igual que los préstamos personales y el financiamiento de comercios.
¿Qué es el tope de microcrédito?
Es un tope más alto que la ley permite para créditos pequeños (microcrédito), reconociendo su mayor costo operativo. Aun así, es un máximo legal: por encima de ese valor hay usura.
¿Dónde verifico los topes oficiales?
En el sitio del Banco Central de Costa Rica (bccr.fi.cr), que publica las tasas máximas anuales en la primera semana de enero y julio, y en La Gaceta. Esa es la fuente que usamos y citamos: el aviso del segundo semestre de 2026 está en La Gaceta N° 129 Alcance 89.
¿Esta tasa está por encima del tope de usura?
Compará la tasa nominal anual que te dieron por escrito con el tope vigente de esa moneda y tipo (general o microcrédito). En el segundo semestre de 2026 el tope general es 36,48 % en colones y 30,11 % en dólares. Si te cobran más, esa tasa es ilegal: no firmés y considerá denunciar (MEIC en consumo; Ministerio Público si hay delito). Verificá también la lista de SUGEF.
Me ofrecieron ~60 % — ¿es legal o es gota a gota?
Un 60 % anual está por encima del tope general del segundo semestre de 2026 (36,48 % en colones y 30,11 % en dólares) y también por encima del tope de microcrédito (51,51 % y 42,65 %). El tope es ese máximo: si te cobran más, es ilegal y denunciable. Ese rango es típico de prestamistas informales («gota a gota»). No firmés. Confirmá que no esté en SUGEF y guardá la cotización por escrito.
Fuentes
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